Andalucía no incorpora ninguna nueva ocupación para trabajadores inmigrantes para el primer trimestre de 2010

Andalucía no incorporará nuevas ocupaciones para trabajadores inmigrantes durante el primer trimestre del año 2010, porque no han ofrecido ninguna vacante a cubrir por extranjeros mediante el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, conforme los datos publicados por el Servicio Público de Empleo Estatal (INEM).

   De esta forma, según este catálogo, consultado por Europa Press, en el primer trimestre Andalucía no posee ocupaciones en las que haya existido dificultad para gestionar las ofertas de empleo.

   Este catálogo contiene las ocupaciones en las que los servicios públicos de empleo han encontrado dificultad para gestionar las ofertas de empleo que los empleadores les presentan cuando quieren cubrir puestos de trabajo vacantes.

   El catálogo está desagregado por provincias, islas en el caso de Baleares y Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y tiene carácter trimestral, extendiéndose su vigencia desde el primer hasta el último día laborable del trimestre natural siguiente al de su publicación.

   La presencia de una ocupación en el catálogo de la zona geográfica de que se trate, implica, para el empleador, la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida a un trabajador extranjero.

   En el catálogo del último trimestre de 2009, Andalucía sólo mantenía las 20 ocupaciones de difícil cobertura que venía registrando desde el último trimestre de 2008, de las que 18 de ellas están relacionadas con el sector naval y fueron aprobadas por acuerdo de los agentes sociales en el sector de la marina mercante, y otras dos están relacionadas con el deporte, en concreto deportista profesional y entrenador deportivo, tareas que se mantienen en toda España merced al acuerdo con la Secretaría de Estado para el Deporte.


FUNCIÓN DEL CATÁLOGO

   Este catálogo permite la contratación de trabajadores extranjeros en aquellas ocupaciones para las que no existan demandantes en el mercado nacional adecuados y disponibles para cubrir las necesidades de los empleadores.

   La presencia, por tanto, de una ocupación en la lista de la zona geográfica de que se trate implica, para el empleador, la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida a un trabajador extranjero. En el caso de que la ocupación no esté incluida en el catálogo, el empleador deberá presentar una oferta en la oficina de empleo.

   La publicación de la relación de profesiones permitirá que los empleadores insten la tramitación de autorizaciones para residir y trabajar dirigidas a trabajadores extranjeros cuando las vacantes de puestos de trabajo que necesiten cubrir lo sean en ocupaciones que figuren en la misma.

Fuente: Europapress.es

Deja una respuesta

✅ Turismo en Sevilla - Guía de Sevilla - Personajes y leyendas de Sevilla
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

La ley afirma que podemos almacenar cookies en su dispositivo si son estrictamente necesarias para el funcionamiento de esta página. Para todos los demás tipos de cookies necesitamos su permiso.

Esta página utiliza tipos diferentes de cookies. Algunas cookies son colocadas por servicios de terceros que aparecen en nuestras páginas.  En cualquier momento puede cambiar o retirar su consentimiento desde la Declaración de cookies en nuestro sitio web.

Obtenga más información sobre quiénes somos, cómo puede contactarnos y cómo procesamos los datos personales en nuestraPolítica de Privacidad. (Enlazar con la política de privacidad del sitio web)

Al contactarnos respecto a su consentimiento, por favor, indique el ID y la fecha de su consentimiento.