El Ayuntamiento de Sevilla es una de las cuatro administraciones públicas con responsabilidad política en la ciudad de Sevilla, junto a la Administración General del Estado de España, la Junta de Andalucía, y la Diputación de Sevilla.
Edificio
El edificio histórico que ocupa el Ayuntamiento,37°23′19.27″N 5°59′41.80″O_ / _37.3886861, -5.9949444 constituye una de las muestras más notables de la arquitectura plateresca. Se encuentra ubicado en la Plaza Nueva. Se comenzó a edificar en el siglo XV por Diego de Riaño, el maestro ejecutó el sector meridional del Ayuntamiento, el arquillo de comunicación con el monasterio franciscano y dos plantas recubiertas de relieves platerescos con representaciones de personajes históricos y míticos, heráldicas y emblemas alusivos a los fundadores de la ciudad, como Hércules y Julio César. Esta sede fue reformada, , en el s. XIX por Demetrio de los Ríos y Balbino Marrón, quienes trazaron una nueva fachada principal, orientada a la Plaza Nueva, de corte neoclásico. A su vez, reorganizaron el interior alrededor de dos patios y una gran escalera.
Organización municipal
La administración política de la ciudad se realiza a través de un Ayuntamiento de gestión democrática que cada cuatro años, con el conjunto de municipios de España, se eligen sus componentes. Por ley, y en función del número de habitantes que tiene la ciudad, el número de concejales de elección directa que componen el Ayuntamiento son 33. En las últimas Elecciones Municipales celebradas en 2007, la constitución del Ayuntamiento fue de 15 concejales pertenecientes al Partido Socialista (PSOE), 15 concejales pertenecientes al Partido Popular (PP) y 3 concejales pertenecientes a Izquierda Unida (IU). Como consecuencia de dichos resultados se formó una coalición de gobierno PSOE-IU y el Pleno Municipal eligió Alcalde por 4 años a D. Alfredo Sánchez Monteseirín, del PSOE.
Para lograr la deseada calidad de los distintos servicios que los diferentes Ayuntamientos prestan a su ciudadanía, se facilita la posibilidad de realizar una división de naturaleza orgánica en sus términos municipales. La ciudad de Sevilla y su división por distritos se rige por el Reglamento Orgánico de las Juntas Municipales de Distritos, que fue acordado por el Ayuntamiento durante el pleno del 14 de julio de 2005.
Con el objetivo de la desconcentración y buscando la participación ciudadana, Sevilla se divide en 11 distritos diferentes cuya expansión geográfica y poblacional difiere mucho unos de otros según muestra la gráfica, correspondiendo la mayor población a los distritos periféricos. Todos ellos están organizados mediante una Junta Municipal de Distrito con su correspondiente delegado, oficinas administrativas, y representantes de las asociaciones vecinales de la zona.
Desde que se constituyeron los ayuntamientos democráticos en 1979, se han producido muchas formas de gobierno de la ciudad a través de las distintas coaliciones de gobierno que se han creado, puesto que no ha habido nunca la hegemonía de ningún partido político sobre otros. Sin embargo, en las elecciones municipales de 2007, ha desaparecido por primera vez el Partido Andalucista (PA) del Ayuntamiento y se ha acrecentado el bipartidismo PSOE-PP, si bien para gobernar el PSOE ha tenido que formar coalición con los tres ediles de Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía (IULVCA) para hacer posible la mayoría de gobierno.
La gestión ejecutiva municipal está organizada por áreas de gobierno al frente de las cuales hay un concejal del equipo de gobierno. Cada área de gobierno tiene varias delegaciones en función de las competencias que se le asignan y que son variables de unos gobiernos municipales a otros.
Fuente: www.wikipedia.org
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