El Ayuntamiento de Marchena (Sevilla), gobernado por Juan Rodríguez Aguilera (PA), ha convocado para el jueves una concentración ciudadana en repulsa al acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía amplía el Conjunto Histórico Artístico hasta 81,7 hectáreas, decreto que ya ha sido objeto de un recurso de reposición mientras el Gobierno municipal reclama la recuperación de las competencias urbanísticas «expoliadas» por la Delegación provincial de la Consejería de Cultura.
El Consistorio informó de que la concentración se celebrará el jueves a las 20,30 horas en la plaza del Ayuntamiento, toda vez que la campaña de firmas ha cosechado ya más de 1.500 firmas tras sólo una
semana en funcionamiento. El Ayuntamiento, de hecho, ha formalizado ya ante la Consejería de Presidencia un recurso de reposición contra el citado acuerdo, solicitando además al Gobierno andaluz la suspensión de los efectos del decreto impugnado y la recuperación de las competencias urbanísticas ahora depositadas en la Comisión provincial de Patrimonio Histórico.
Estos movimientos, como se recordará, obedecen al acuerdo plenario probado por unanimidad entre todas las fuerzas políticas del Consistorio, PA, PP, PSOE e IU-CA, en contra del decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía que formaliza la ampliación del perímetro del Conjunto Histórico Artístico.
EL PROCEDIMIENTO DE AMPLIACIÓN
En el expediente incoado por la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía para ampliar el Conjunto Histórico Artístico de Marchena, que parte de la declaración formalizada en 1966, el Ayuntamiento alegó aportando más de 200 páginas de datos, fotografías, planos y documentos sobre las bases históricas y legales de la trama urbana afectada, dado que el Gobierno municipal reclamaba que se redujese la envergadura del procedimiento.
La Consejería de Cultura, no obstante, entendía en una documentación recogida por Europa Press que la declaración del Conjunto Histórico Artístico materializada en 1996, al limitarse al recinto amurallado, no catalogó «otros sectores que tuvieron su origen en el proceso de morfogénesis de la ciudad durante la conformación de los arrabales históricos», ámbitos que hoy día «conservan inalteradas las características tipológicas de la trama urbana y suficientes ejemplos del tipo edificatorio de su arquitectura tradicional».
Insertos en este parcelario de carácter histórico pero «no protegido» en la declaración de Bien de Interés Cultural de 1966, existen «inmuebles de interés histórico, arquitectónico y artístico, destacando las iglesias de San Pedro, San Agustín o la Encarnación, los centros conventuales y un numeroso conjunto de edificios de carácter monumental compuesto por las diferentes muestras de arquitectura palaciega», por lo que la Dirección General de Bienes Culturales resolvía imponer la protección a «un ámbito de mayor dimensión» a través de este procedimiento.
El pleno de Marchena, como se recordará, aprobó impugnar inicialmente el citado decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a través de un recurso de reposición, si bien también se acordó elevar el asunto a la vía Contencioso Administrativa en el momento en el que dicho recurso sea desestimado o la respuesta se demore más de un mes.