Las bicis podrán circular por las aceras y zonas peatonales

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carril biciEl Supremo avala la ordenanza de peatones que tumbó parcialmente el TSJA

Las bicicletas y los peatones podrán circular por las mismas vías después de que el Tribunal Supremo haya dada su pleno respaldo a la ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas, que fue tumbada parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) al considerar que varios puntos de la misma infringían la Ley de Tráfico al contradecir la definición de zona peatonal.Un argumento que llevó a los magistrados del Alto Tribunal andaluz a dictar al menos tres sentencias en las que anulaban seis puntos de la ordenanza. En cambio, el Supremo cree ahora que se «ajustan a derecho», dando así el respaldo completo a la norma.La sentencia del Supremo reconoce que «la competencia reguladora del Ayuntamiento, tampoco es limitada, sino que depende de la Ley de Tráfico», y considera que la premisa de la que parte el TSJA para anular los artículos «es errónea». Los magistrados recuerdan que la ordenanza se aprobó «en atención a los cambios que se han producido en la ciudad en materia de movilidad con la ejecución de las vías ciclistas» y su finalidad fue «evitar las posibles fricciones que pudieran producirse entre usuarios de los carriles bici y peatones, delimitando así, los derechos y obligaciones de ambos».

 

De hecho, la ordenanza recoge que las bicis deben circular a 10 kilómetros por hora y también que el Ayuntamiento puede limitar el acceso puntualmente.De esta forma, «al acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes era del exclusivo uso de los peatones para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas, no se conculcó con esta delimitación la zona peatonal», pues el Supremo cree que aunque la acera «pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas, ya que para ello, se establece en los artículos anulados una zona específica para el carril-bici que por ello deja de ser peatonal».En la sentencia, que atiende a un recurso presentado por el Ayuntamiento, también señala que el artículo de la ordenanza que permite aparcar las bicicletas en árboles y mobiliario urbano tampoco vulnera los preceptos de la Ley de Tráfico. A juicio de la Sala de lo Contencioso del Supremo el Ayuntamiento «como titular de los bienes de dominio público, excepcionalmente puede autorizar que se puedan estacionar las bicicletas en estos lugares públicos siempre y cuando no se perjudique la salud del árbol, ni impida su perfecta visibilidad y siempre que no entorpezca el paso de peatones».La ordenanza fue aprobada por el Pleno municipal en septiembre de 2007. Varias entidades presentaron una demanda ante el TSJA contra la misma, entre otros motivos, porque suponía la restricción al Centro. La primera demanda la presentó la empresa Construcciones Feyjose S.L., que explota el aparcamiento de la calle Santa Ángela y fue la primera que resolvió el TSJA y que ahora ha revocado el Supremo. A ésta le siguieron otras resoluciones a raíz de las demandas de varias asociaciones vecinales de la zona y otra de Aprocom, en representación de los comerciantes del Centro.El delegado de Infraestructuras para la Sostenibilidad, Antonio Rodrigo Torrijos, manifestó ayer su «enorme satisfacción» ante esta sentencia. Torrijos manifestó en un comunicado su «enorme satisfacción al entender como extraordinariamente positivo el fallo». El edil felicitó a los servicios jurídicos municipales, pero se mostró prudente hasta hacer una lectura más exhaustiva de la sentencia. También felicitó «a todos los que se identifican con las políticas de peatonalización y de fomento de la bicicleta que se están poniendo en marcha en Sevilla».

 

Fuente: http://www.elcorreoweb.es/sevilla/109259/ts/declara/conforme/derecho/aprobacion/pleno/ordenanza/peatones/ciclistas

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