Quizás los más pequeños identifiquen la Plaza de San Francisco únicamente con el mapping navideño, pero estamos hablando de uno de los lugares más antiguos de Sevilla. Si bien no hay una fecha exacta que nos permita situar su origen más remoto, sí podemos afirmar sin miedo al error que en el siglo XVI ya era el corazón de la ciudad. Tanto es así que allí se encontraban prácticamente todos los poderes civiles: el Concejo hispalense (actual Ayuntamiento), el Tribunal de Justicia (donde la Santa Inquisición imponía sus condenas), etcétera. Pero su actividad no quedó ahí, ya que con los años también se erigió en coso taurino, punto clave de la Carrera Oficial de la Semana Santa y demás. Ejercía, en esencia, como la Plaza Mayor de Sevilla.
Su nombre, que data de la Reconquista, proviene de un majestuoso convento que se encontraba en sus aledaños y recibía el nombre de ‘Casa Grande de San Francisco’. No obstante, hay que aclarar que durante un breve periodo de tiempo (desde 1812 a 1814) acuñó la denominación de ‘Plaza de la Constitución’, en virtud de la carta magna que había sido aprobada. Más adelante, también de manera fugaz, también fue bautizada como ‘Plaza del Rey’ y ‘Plaza de Isabel II’, fruto de las fricciones internas que asolaban a la monarquía española. Más adelante, en tiempos de la II República, fue titulada como ‘Plaza de la Libertad’, para seguidamente adoptar el nombre de ‘Plaza de la Falange Española’. Ya en 1980, recuperó definitivamente su actual designación.
Antes hemos mencionado que albergaba (y sigue albergando) edificios de gran relevancia, tales como el ayuntamiento, la antigua Audiencia, el Banco de España, el Edificio Bar Laredo o la Casa Arcenegui, pero también otros más corrientes, en los que trabajaban plateros, pintores y artesanos. Sus puestos estaban organizados en torno a unos muros nada presuntuosos y sus correspondientes soportales, que le daban un sello muy particular. Con todo, la Plaza de San Francisco siempre ha tenido un aura de elitismo por la proximidad del ayuntamiento, del que hablamos detenidamente en el anterior artículo.
celdas, la casa del inquisidor y la capilla formaron parte de una de las etapas más lúgubres de Sevilla, caracterizada por el juicio de valor, el abuso de poder y la indefensión de las víctimas. No obstante, se suele decir que se aprende más de los errores que de los aciertos y la frase está impregnada de razón.
Un año después de que el instructor del sumario y la Audiencia ratificaran el modelo de vista oral, el magistrado ordena que se enjuicie a los imputados ante un tribunal compuesto por jueces profesionales.Un año después de que el juez que investigó el asesinato y violación de Marta del Castillo determinara que un jurado popular debía enjuiciar a los cuatro imputados, otro magistrado ha tumbado este criterio, que fue avalado incluso en varias resoluciones por la Audiencia de Sevilla, y ha declarado la competencia de un tribunal profesional para celebrar la vista oral por este caso. El juez Javier González Fernández, que fue designado para presidir el jurado popular, dictó un auto el pasado 13 de agosto -que no fue notificado a las partes personadas en el proceso hasta el día de ayer-, en el que considera que a la vista de los últimos acuerdos de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre la extensión de los juicios con jurado a determinados delitos conexos, la competencia para enjuiciar el crimen de Marta del Castillo corresponde a una de las secciones de la Audiencia Provincial de Sevilla y no al jurado popular, como decidió en septiembre del año pasado el juez Francisco de Asís Molina, instructor del caso, con el apoyo de la Fiscalía hispalense y de la acusación particular que ejercen los padres de la joven asesinada. Los acuerdos del Supremo extendían la competencia del jurado a los delitos conexos siempre que estos se hayan cometido teniendo como «objeto principal» perpetrar un delito que sea de la competencia del jurado.